Artículo 27 - REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE EXCELENCIA PROFESIONAL ENTRE EL INSTITUTO PARA LA FORMACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE RECURSOS HUMANOS Y LA SECRETARÍA NACIONAL DE CIENCIAS, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
República de Panamá
Artículo 27. Los beneficiarios de las becas estarán obligados al cumplimiento de lo siguiente: 1. Comunicar, dentro de un plazo de 45 días a contar desde la fecha de notificación de la beca, su aceptación por escrito y el compromiso de presentarse en el lugar de estudio en la fecha indicada en el programa de estudio y/o la carta de admisión al centro de estudios; 2. Entregar al IFARHU y SENACYT, por conducto de la institución designada en el contrato, al finalizar cada semestre o período académico o de capacitación establecido en el programa de estudio, un breve informe académico, suscrito por el tutor o responsable del programa de estudio o capacitación y adjuntar fotocopia de las calificaciones obtenidas cuando sea el caso. El informe original será en el idioma del centro de estudios. Cuando dicho idioma no sea español ni inglés, el beneficiario incluirá su propia traducción al español y será responsable por que sea fiel representación del original, aunque no sea hecha por un traductor oficial; 3. Superar satisfactoriamente los exámenes o pruebas correspondientes a los estudios para los que les ha concedido la beca; 4. Poner a disposición del IFARHU y SENACYT, por conducto de la institución designada en el contrato, toda la información relativa al desarrollo de sus actividades como becario cada vez que se le solicite; 5. Concurrir a las entrevistas y reuniones vía telefónica o a través de medios electrónicos a las que fuese convocado, con el fin de ampliar o aclarar información relacionada con la evaluación del desarrollo de su plan de estudio; 6. Entregar una copia del trabajo de tesis, cuando corresponda, a la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación o a la entidad que sea responsable por el área objeto del subprograma seleccionado. Si el trabajo de tesis se encuentra en un idioma diferente al inglés o al español, el becario se compromete a entregar además un resumen ejecutivo en español; 9No 25686 Gaceta Oficial Digital, miércoles 06 de diciembre de 2006 7. Hacer explícito en los trabajos publicados como consecuencia del entrenamiento recibido durante el período de estudio beneficiado por la beca, que es becario del Programa de Excelencia Profesional IFARHUSENACYT; 8. Regresar al país dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de la terminación de sus estudios y realizar esfuerzos comprobables para ejercer labores propias o relacionadas con los estudios para los cuales se le otorgó la beca, por un mínimo del doble del tiempo de la beca, en los términos descritos en este reglamento, salvo en los casos de prórroga contemplados en este reglamento; 9. Limitar el goce de otras becas, con cargo al Tesoro Nacional mientras sea beneficiario de este Programa.
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