Artículo 324 - Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones
República de Panamá
Artículo 324. El Director General del Servicio Nacional de Migración establecerá mediante resolución los procedimientos, atribuciones, y funciones del Juzgado Ejecutor, de modo que constituya un medio eficaz de cobro judicial por morosidad en el pago de multas, permisos o daños causados a bienes de su propiedad y en general todo crédito u obligación a favor del Servicio Nacional de Migración.
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