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Artículo 33 - SOBRE DISPOSITIVOS MEDICOS Y PRODUCTOS AFINES.

Ley 90 del año 2017

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 33. Los fabricantes y los proveedores de dispositivos médicos y productos afines y todo el personal médico, científico y técnico del sector público y privado están obligados a notificar a la autoridad de salud sus sospechas de eventos o incidentes adversos, fallas y alertas que puedan haberse derivado por o durante el uso de los productos que se comercialicen en la República de Panamá. Capítulo VII Infracciones y Sanciones

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Artículo 34. Se prohíbe el reempacado, reetiquetado y reacondicionamiento de dispositivos médicos y productos afines.

Ver artículo 34 de Ley 90 del año 2017

Artículo 35. Se consideran faltas leves a las disposiciones establecidas en la presente Ley, las conductas siguientes: 1. Incumplir las prohibiciones de comercializar ambulatoriamente los productos que establezca esta Ley. 2. Ocultar deliberadamente o no comunicar oportunamente información referida de alertas, retiros voluntarios, eventos adversos e incidentes adversos de los productos que fabrican, distribuyan o comercialicen.

Ver artículo 35 de Ley 90 del año 2017

Artículo 36. Se consideran faltas graves a las disposiciones establecidas en la presente Ley, las conductas siguientes: 1. Comercializar productos que no cumplen con la documentación e información presentada y autorizada para la obtención del Registro Sanitario. 2. Impedir la realización de las investigaciones e inspecciones. 3. Comercializar productos que no consignen la fecha de vencimiento en el etiquetado, cuando aplique. 4. Tener dispositivos médicos y productos afines vencidos a la vista y para la venta. 5. Poseer dispositivos médicos y productos afines de procedencia injustificada. 6. Operar establecimientos comerciales de persona jurídica o natural, de institución pública o privada, sin la correspondiente licencia de operación, o ejecutar actividades comerciales con dispositivos médicos y productos afines para las cuales no han sido autorizados.

Ver artículo 36 de Ley 90 del año 2017

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