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Artículo 34 - POR LA CUAL SE REGULA LA CONTRATACION PUBLICA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

Ley 56 del año 1995

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 34. Publicación de avisos. Los avisos de selección de contratistas se publicarán, como mínimo, en dos (2) diarios de reconocida circulación nacional, en tres (3) ediciones, en días distintos. En los avisos se indicará la oficina donde pueden examinarse u obtenerse las especificaciones o pliegos de cargos, los planos, modelos y demás documentos u objetos necesarios para la debida inteligencia de las condiciones, así como el lugar, el día y la hora del procedimiento de contratación pública. Su publicación se efectuará en atención al monto, con la siguiente antelación. 1. Solicitudes de precios: a. No menor de cuatro (4) días hábiles, si el monto no excede a cincuenta mil balboas (B/..50,000.00). b. No menor de ocho (8) días hábiles, si el monto es mayor de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00), hasta ciento cincuenta mil balboas (B/.150,000.00) c. No menor de quince (15) quince días hábiles, si el monto es mayor de ciento cincuenta mil balboas (B/.150,000.00). 2. Licitaciones públicas: No menor de treinta (30) días calendario.

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Artículo 35. Publicación de aviso de concurso Para los efectos de esta Ley, a los concursos les serán aplicables los plazos establecidos .el artículo anterior, en atención a su cuantía.

Ver artículo 35 de Ley 56 del año 1995

Artículo 36. Responsabilidad del aviso El ministerio o la entidad pública respectiva cuidará, bajo su responsabilidad, que los avisos queden fijados y publicados con la anticipación que establece la Ley, y dejará constancia del cumplimiento de este requisito en el expediente del respectivo acto de selección de contratista.

Ver artículo 36 de Ley 56 del año 1995

Artículo 37. . Reunión previa de postores En el caso de licitaciones públicas o concursos, será de obligatorio cumplimiento la celebración de una reunión previa, con una anticipación no menor de quince (15) días a la fecha de celebración de la licitación pública o concurso, con el propósito de absolver consultas y formular observaciones que puedan afectar la participación de los posibles postores, en condiciones igualitarias, así como aclarar sobre cualquier aspecto del pliego de cargos u otros documentos entregados. También se requerirá la celebración de reuniones previas en solicitudes de precios o concursos, cuando existan objeciones formuladas, con respecto a los documentos de la contratación, por quienes tengan interés en participar, presentadas a la entidad contratante, por lo menos, dos (2) días hábiles antes de la fecha establecida para la celebración del acto, o cuando así se requiera en el pliego de cargos de la contratación. Los documentos finales de toda licitación que exceda de doscientos cincuenta mil balboas (B/.250,000.00), o cuando así se exprese en el pliego de cargos, deberán ser homologados por los que aspiren a participar en la licitación; en una señal de aceptación dé todas las condiciones y términos de la invitación a participar en la licitación, en una sesión especial .convocada al efecto. En caso de discrepancia con los interesados; si ésta no pudiese ser resuelta, los documentos de la licitación se adoptarán de manera unilateral por la entidad contratante, procurando tomar en cuenta las observaciones de los interesados en la licitación que corresponda. La presentación de propuestas equivaldrá a la aceptación de la homologación de los documentos de la licitación. De lo acuerdo en la sesión de homologación se levantará un acta, que suscribirán todos los que hayan participado en ella.

Ver artículo 37 de Ley 56 del año 1995

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