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Artículo 36 - QUE INSTITUYE LA CARRERA ADMINISTRATIVA UNIVERSITARIA EN LAS UNIVERSIDADES OFICIALES, CON EXCLUSION DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMẠ

Ley 62 del año 2008

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 36. La clasificación de puestos comprende los procesos de análisis, descripción, valoración y reclasificación de puestos, sobre los cuales se diseñará la escala salarial correspondiente en cada universidad.

Palabras clave de éste artículo

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Artículo 37. La clasificación de puestos consiste en el proceso de definir los puestos de acuerdo con la similitud de tareas, las responsabilidades, el nivel de dificultad y los requisitos mínimos para desempeñarlos, con el propósito de orientar la administración de recursos humanos en todas sus áreas.

Ver artículo 37 de Ley 62 del año 2008

Artículo 38. La valoración es la asignación de puestos relativos a los diferentes cargos en atención a su nivel de complejidad y responsabilidad, dentro de la institución.

Ver artículo 38 de Ley 62 del año 2008

Artículo 39. La remuneración es toda compensación que percibe el servidor público administrativo de las universidades oficiales producto de sus contribuciones a la organización en razón del cargo y su desempeño.

Ver artículo 39 de Ley 62 del año 2008

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