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Artículo 38 - POR LA CUAL SE REFORMA LA LEY 135 DE 1943, ORGANICA DE LA JURISDICCION CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVẠ

Ley 33 del año 1946

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 38. El artículo 60 quedará así: “Hasta el último día del término para aducir pruebas puede aclararse o corregirse la demanda por el actor. En tal caso, volverá a ordenarse la actuación del artículo 57, pero del derecho de variar la demanda, sólo puede hacerse uso por una sola vez”

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Artículo 39. El artículo 61 quedará así: “Informado por el Secretario que se ha vencido el término para aducir pruebas, se ordenará la práctica de las que se hubieren solicitado, para lo cual se señalará un término que no será inferior a diez días ni superior a veinte. Este término se contará desde el día siguiente al en que quede notificada la providencia que lo señala. Si las pruebas fueren documentales y se agregaren a los autos se considerará terminado el periodo fijado para la práctica de pruebas y se entrará a decidir el mérito de la actuación. Las partes pueden presentar, dentro de los cinco días siguientes al término fijado para practicar las pruebas, un alegato escrito respecto del litigio.”

Ver artículo 39 de Ley 33 del año 1946

Artículo 40. El artículo 64 quedará así: “La sentencia o auto definitivos una vez extendidos, se notificarán personalmente a las partes, o por medio de edicto que permanecerá fijado por cinco días. Los fallos del Tribunal quedarán ejecutoriados cinco días después de la notificación personal o una vez hecha la notificación por edicto, salvo que dentro del término respectivo se pida aclaración de los puntos oscuros de la parte resolutiva o que se solicite alguna corrección por razón de error o que se interpongan el recurso de reconsideración o el de revisión en los casos en que procedan.

Ver artículo 40 de Ley 33 del año 1946

Artículo 41. El artículo 68 quedará así: “El demandante cuya demanda hubiese sido rechazada pagará las costas del juicio en la forma y plazo que determine la sentencia, salvo la excepción establecida en el artículo 67.”

Ver artículo 41 de Ley 33 del año 1946

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