Artículo 38 - Reglamento de Becas, Asistencias Económicas Educativas y Auxilios Económicos
República de Panamá
Articulo 38. Los becarios deberán presentar al IFARHU la documentación requerida para transferirse de un centro educativo a otro, o para cambiar de carrera o de estudios, conforme a las normas y condiciones de este capítulo.
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