Buscador inteligente de Normas de Panamá

Artículo 4 - QUE REGULA LA CARRERA DE TECNICO EN CONTROL DE VECTORES DEL MINISTERIO DE SALUD.

Ley 24 del año 2009

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 4. La idoneidad para ejercer la profesión de Técnico en Control de Vectores será expedida por el Consejo Técnico de Salud, para lo cual se requiere: 1. Ser panameño. 2. Haber obtenido el título universitario de Técnico en Control de Vectores expedido por una universidad oficial o particular, nacional o extranjera, debidamente reconocida. 3. Presentar certificado de salud física y mental expedido por un médico autorizado de una institución oficial. 4. Presentar certificación de competencia técnica básica expedida por el Consejo Interinstitucional de Certificación Básica correspondiente. 5. Presentar poder y solicitud mediante abogado al Consejo Técnico de Salud.

Palabras clave de éste artículo

universidadsalud física y mentalMinisterio de Salud


Explora otros artículos de esta norma

Artículo 5. Se crea la Comisión de Concurso para las vacantes de todas las categorías, la cual estará integrada por los siguientes miembros: 1. El Director General de Salud del Ministerio de Salud o la persona que él designe, quien la presidirá. 2. El Jefe del Departamento de Control de Vectores del Ministerio de Salud o quien él designe. 3. El Jefe de la Sección correspondiente a la posición que se someta a concurso o quien él designe. 4. Dos representantes de la Asociación Nacional de Empleados de Malaria Aedes Vectores. 5. Un representante de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. 6. Un representante de la Dirección de Asesoría Legal del Ministerio de Salud. Cada representante tendrá un suplente que lo reemplazará en sus ausencias.

Ver artículo 5 de Ley 24 del año 2009

Artículo 6. El Técnico en Control de Vectores que concurse para una posición y resulte favorecido y, bajo cualquier pretexto, se niegue a prestar sus servicios en la región donde fue asignado no podrá concursar por un periodo de diez años para ninguna posición sometida a concurso.

Ver artículo 6 de Ley 24 del año 2009

Artículo 7. A partir del cuarto mes de gestación, la Técnica en Control de Vectores será reubicada y se le asignarán las siguientes funciones en el Departamento de Control de Vectores y Programas Adscritos: 1. Búsqueda pasiva en control de la malaria. 2. Análisis de muestras larvarias. 3. Actualización de datos. 4. Charlas educativas.

Ver artículo 7 de Ley 24 del año 2009

Abogados Expertos relacionados Bandera de Panamá

Arturo González Cal

Buscar algo específico en las normas de Panamá