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Artículo 4 - QUE CREA EL CORREGIMIENTO DE EL EJIDO, SEGREGADO DEL CORREGIMIENTO SANTA ANA, EN EL DISTRITO Y PROVINCIA DE LOS SANTOS.

Ley 97 del año 2013

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 4. Las comunidades y lugares que en la actualidad se encuentran dentro de los límites políticoadministrativos de los corregimientos El Ejido y Santa Ana, sin excluir los que se desarrollen en el futuro, son los siguientes: 1. Corregimiento El Ejido: La Honda, El Aromo, El Ejido, Los Gutiérrez, Quebrada Honda y La Laja. 2. Corregimiento Santa Ana: Santa Ana Arriba, Santa Ana Abajo, Monagre, El Rompío y El Tollado.

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Artículo 5. La cabecera del corregimiento El Ejido es la comunidad El Ejido.

Ver artículo 5 de Ley 97 del año 2013

Artículo 6. El Ministerio de Gobierno, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Instituto Nacional de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República deberán brindar asesoramiento al municipio de Los Santos en todo lo concerniente a la organización, funcionamiento y administración del corregimiento El Ejido.

Ver artículo 6 de Ley 97 del año 2013

Artículo 7. La elección del representante del corregimiento El Ejido que corresponda por razón de esta Ley se realizará dentro del ordenamiento del próximo periodo electoral, de conformidad con las disposiciones de la legislación electoral. El Tribunal Electoral de Los Santos deberá tomar las medidas necesarias para la futura elección de estos cargos de elección popular.

Ver artículo 7 de Ley 97 del año 2013

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