Artículo 46 - QUE CREA LA AUTORIDAD NACIONAL DE ADUANAS Y DICTA DISPOSICIONES CONCERNIENTES AL RÉGIMEN ADUANERO
República de Panamá
Artículo 46. Derechos de los agentes corredores de aduana. Son derechos del agente corredor de aduana: 1. 2. 3. Ejercer las funciones para las que fue autorizado, conforme a la ley y a los reglamentos. Designar a sus asistentes representantes ante las aduanas en las que actúe.Suspender voluntariamente sus actividades, previa notificación a La Autoridad. Las disposiciones reglamentarias emanadas del Consejo de Gabinete podrán incluir otros requisitos, derechos u obligaciones.
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