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Artículo 5 - QUE CREA EL DISTRITO DE TIERRAS ALTAS, SEGREGADO DEL DISTRITO DE BUGABA, Y EL CORREGIMIENTO DE SOLANO, SEGREGADO DEL CORREGIMIENTO DE LA CONCEPCION, EN EL DISTRITO DE BUGABẠ

Ley 55 del año 2013

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 5. El primer párrafo y los numerales 1 y 12 del artículo 34 de la Ley 1 de 1982 quedan así: "Artículo 34. El distrito de Bugaba se divide en doce corregimientos, a saber: La Concepción (cabecera), Aserrío de Gariché, Bugaba, El Bongo, Gómez, La Estrella, San Andrés, Santa Marta, Santa Rosa, Santo Domingo, Sortová y Solano. La cabecera del distrito es la población La Concepción. … 1. Corregimiento La Concepción (cabecera) a. Con el corregimiento Bugaba: Desde donde el río Mula cruza la carretera Interamericana, se sigue aguas abajo por el curso de este río hasta donde cruza el camino que va de Bugabita Abajo a Bugaba; desde aquí, se sigue por este camino hacia Bugabita Abajo hasta donde se desvía el camino que se dirige hacia Sioguí Abajo, se continúa hacia este último caserío hasta el Paso de Las Ajuntas cerca de la confluencia del río Guígala con el río Escárrea. b. Con el corregimiento La Estrella: Desde el Paso de Las Ajuntas, cerca de la confluencia del río Guígala con el río Escárrea, se sigue aguas arriba por el curso de este último río hasta donde lo cruza la carretera Interamericana. c. Con el corregimiento Sortová: Desde el puente sobre el río Escárrea en la carretera Interamericana, se sigue línea recta en dirección noreste aproximadamente hasta la falda sur del cerro Sortová; desde aquí, se sigue línea recta en dirección este aproximadamente hasta la confluencia de la quebrada Tigre con el río Guígala, se sigue aguas arriba este curso hasta su nacimiento; desde aquí, línea recta se sigue hasta el nacimiento de la quebrada Volante, se continúa línea recta hasta el nacimiento de la quebrada Los Ojos de Agua, afluente del río Escárrea; desde esta cabecera, se sigue por todo el curso hasta su confluencia con el mencionado río. d. Con el corregimiento Santa Rosa: Desde la confluencia de la quebrada Los Ojos de Agua con el río Escárrea, frente al cacerío Bajo Frío, se sigue aguas arriba por el curso de este río hasta donde recibe las aguas de la quebrada Grande. e. Con el corregimiento Cuesta de Piedra, distrito de Tierras Altas: Desde la unión de la quebrada Grande con el río Escárrea, se sigue línea recta hacia el noreste hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E321 282,01m y N958 564,83m; desde aquí, se sigue línea recta hacia el sur hasta el nacimiento del río Mula en el punto UTM WGS84 E321 306,39m y N958 056,69m. f. Con el corregimiento El Bongo: Desde el nacimiento del río Mula en el punto UTM WGS84 E321 306,39m y N958 056,69m, se sigue aguas abajo este río hasta el Paso de Las Pereas punto ubicado con coordenadas UTM WGS84 E322 252,72m y N943 913,66m. g. Con el corregimiento Solano: Desde un punto situado en el centro del río Mula con coordenadas UTM WGS84 E322 252,72m y N943 913,66m, se sigue aguas abajo este río hasta un punto donde el río Mula cruza la carretera Interamericana con coordenadas UTM WGS84 E322 68,75m y N941 100,80m. … 12. Corregimiento Solano a. Con el corregimiento Bugaba: Desde el punto donde la carretera Interamericana cruza la quebrada Sánchez en los límites con el distrito de Boquerón, se continúa por la carretera Interamericana hacia La Concepción hasta donde cruza el río Mula. b. Con el corregimiento La Concepción (cabecera): Desde donde el río Mula cruza la carretera Interamericana, se sigue aguas arriba este río hasta el Paso de Las Pereas punto ubicado con coordenadas UTM WGS84 E322 252,72m y N943 913,66m aproximadamente. c. Con el corregimiento El Bongo: Desde el Paso de Las Pereas punto ubicado con coordenadas UTM WGS84 E322 252,72m y N943 913,66m, se sigue línea recta en dirección noreste hasta el punto donde la línea de alta tensión es interceptada por el camino que conduce de El Porvenir al Calvario, se sigue esta línea hasta donde la cruza el río Piedra. d. Con el corregimiento Pedregal, distrito de Boquerón: Desde un punto donde el río Piedra se cruza con la línea de alta tensión, se continúa aguas abajo por el río Piedra hasta un punto sobre su curso, localizado exactamente al este del nacimiento de la quebrada Sánchez; desde aquí, se sigue línea recta hasta la cabecera de la mencionada quebrada; desde este nacimiento, se sigue por el curso de dicha quebrada hasta su intersección con la carretera Interamericana."

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Artículo 6. Las comunidades y lugares poblados que quedarán dentro de los límites políticoadministrativos del corregimiento Solano son: Barrio Los Ángeles (La Palmita), Dos Ríos (hacia el Colegio IPTC), Arco Iris # 2 (hacia El Bongo), Solano Centro, Divino Niño, Calle 6ta. (Sector de la Línea) y Cabecera (Solano Centro). La cabecera del corregimiento Solano es la comunidad de Solano.

Ver artículo 6 de Ley 55 del año 2013

Artículo 7. El Ministerio de Gobierno, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Instituto Nacional de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República deberán brindar asesoramiento al municipio de Bugaba y al distrito de Tierras Altas en lo concerniente a la organización, funcionamiento y administración de los corregimientos Solano, Cuesta de Piedra, Nueva California y Paso Ancho.

Ver artículo 7 de Ley 55 del año 2013

Artículo 8. La elección del representante de los corregimientos Solano, Nueva California, Cuesta de Piedra y Paso Ancho y del alcalde, que corresponda por razón de esta Ley, se realizará dentro del ordenamiento del periodo electoral, de conformidad con las disposiciones de la legislación electoral. El Tribunal Electoral deberá tomar las medidas necesarias para la futura elección de estos cargos de elección popular.

Ver artículo 8 de Ley 55 del año 2013

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