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Artículo 50 - QUE REGULA LOS SERVICIOS DE SANGRE Y LAS TRANSFUSIONES SANGUINEAS.

Ley 35 del año 2018

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 50. La transfusión se aplicará siguiendo las guías transfusionales nacionales bajo la responsabilidad del médico, quien tiene la obligación de velar para que se cumplan las normas establecidas para las transfusiones. Se vigilará el proceso transfusional durante todas sus etapas para prestar oportuna asistencia, en caso de producirse reacciones adversas.

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Artículo 51. Los requisitos para solicitar transfusiones serán especificados en la reglamentación de esta ley.

Ver artículo 51 de Ley 35 del año 2018

Artículo 52. El personal médico, de laboratorio, de enfermería y administrativo que intervenga en el procedimiento transfusional, será responsable en la medida de su participación.

Ver artículo 52 de Ley 35 del año 2018

Artículo 53. A fin de introducir medidas correctivas, preventivas y actuar con la máxima celeridad y eficacia, los servicios de sangre deberán contar con un sistema de hemovigilancia para la detección, registro y análisis de información relativa a los efectos adversos e incidentes del proceso transfusional, desde la donación hasta la transfusión sanguínea y su seguimiento, de manera completa y objetiva.

Ver artículo 53 de Ley 35 del año 2018


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