Buscador inteligente de Normas de Panamá

Artículo 55 - POR LA CUAL SE ESTABLECE LA CARRERA ADMINISTRATIVẠ

Ley 9 del año 1994

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 55. Los procedimientos de ingreso a la Carrera Administrativa se harán siempre mediante los instrumentos de selección contemplados en esta Ley.

Palabras clave de éste artículo



Explora otros artículos de esta norma

Artículo 56. Son procedimientos de ingreso a la carrera administrativa: 1. Procedimiento ordinario de ingreso 2. Procedimiento especial de ingreso

Ver artículo 56 de Ley 9 del año 1994

Artículo 57. La Dirección General de Carrera Administrativa efectuará la convocatoria oficial para participar en los procedimientos mencionados, por lo menos con veinte (20) días hábiles de antelación a la realización de su primera etapa, mediante aviso accesible al público interesado.

Ver artículo 57 de Ley 9 del año 1994

Artículo 58. La Dirección General de Carrera Administrativa tendrá la obligación de publicar y poner a disposición del interesado las calificaciones obtenidas por los aspirantes, una vez concluya el proceso de ingreso.

Ver artículo 58 de Ley 9 del año 1994

Abogados Expertos relacionados Bandera de Panamá

Arturo González Cal

Buscar algo específico en las normas de Panamá