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Artículo 6 - QUE CREA LOS CORREGIMIENTOS ALCALDE DIAZ Y ERNESTO CORDOBA CAMPOS, SEGREGADOS DEL ACTUAL CORREGIMIENTO LAS CUMBRES, UBICADO DENTRO DEL DISTRITO Y LA PROVINCIA DE PANAMA, Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Ley 42 del año 2009

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 6. Las comunidades y lugares que se encuentran dentro de los límites político administrativos del corregimiento Alcalde Díaz, sin que queden excluidas las que sean constituidas o desarrolladas en el futuro son las siguientes: Alcalde Díaz, 11 de Octubre, Altos de la Calzada, Bachiller o Parque Alegre, Barriada La Providencia, Barriada Monterrey, Hato Azul, La Cabima, La Laguna o El Tecal, Las Cumbres del Este, Las Malvinas, María Henríquez, María Henríquez Rural, María Luisa o El Chungal, Monje, Paso de Las Camelias, Princesa de Gales, Proyecto K, Quebrada Ancha, Residencial Monserrat, San Francisco de Padua, Santa Rita de Las Cumbres, Urbanización Ciudad Bolívar, Urbanización Santa Teresa, Villa Acuario, Villa Flora, Villa Las Cumbres y Villa Victoria.

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Artículo 7. Las comunidades y lugares que se encuentran dentro de los límites político administrativos del corregimiento Ernesto Córdoba Campos, sin que queden excluidas las que sean constituidas o desarrolladas en el futuro, son las siguientes: Altos de la Rotonda, Altos de Las Cumbres, Altos de Las Lomas, Altos del Lirio, Barriada Santa Librada, Barriada Suntracs, Barriada Reparto Venetto, Ciudad San Lorenzo, Colinas del Rocío, Channel, Edgardo Vernaza, El Colmenar, Gonzalillo, La Primavera, Las Cumbres Rural, Las Praderas del Rocío, Los Cipreses, Los Verdes, Milla 9, Nueva Libia, Nuevo Gonzalillo, Nuevo Progreso, Reparto Portofino, Residencial Alambra, Residencial Altos de la Rotonda, Santa Rita, Villa Alpina, Villa Alpina Final, Villa Campestre, Villa María, Villa Milagros, Villa Zaita, Villa Zaita o Sitio Pedro Goitia, Altos de Pedregal, Tierra Prometida, Altos de Chanel, Casa Real y Posada del Roble.

Ver artículo 7 de Ley 42 del año 2009

Artículo 8. Las cabeceras de los corregimientos Las Cumbres, Alcalde Díaz y Ernesto Córdoba Campos serán las comunidades Las Lajas, Alcalde Díaz y Villa Zaita, respectivamente.

Ver artículo 8 de Ley 42 del año 2009

Artículo 9. El Ministerio de Gobierno y Justicia, el Misterio de Economía y Finanzas y la Dirección Nacional de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República deberán brindar asesoramiento al Municipio de Panamá en todo lo concerniente a la organización, funcionamiento y administración de los corregimientos Las Cumbres, Alcalde Díaz y Ernesto Córdoba Campos.

Ver artículo 9 de Ley 42 del año 2009

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Arturo González Cal

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