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Artículo 9 - QUE REGULA LA CARRERA JUDICIAL.

Ley 53 del año 2015

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 9. Revisión de puestos. Anualmente se realizará una revisión general de todos los puestos existentes con el fin de recomendar los ajustes y modificaciones que se requieran, según las necesidades de la Institución y su competitividad de acuerdo con las ofertas homologables del entorno, procurando en todo momento que la creación, valuación o cambio de la denominación de puestos atienda las necesidades específicas de la naturaleza del servicio judicial en aras de mantener la sencillez y utilidad del manual que los describe y clasifica.

Palabras clave de éste artículo

rentaCorte Suprema de Justicia


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Artículo 10. Creación de puestos. La creación de los puestos dentro de la estructura del Órgano Judicial corresponderá a la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia, debiendo comunicar las decisiones adoptadas para las acciones directamente al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Secretaría Técnica de Recursos Humanos. Se mantendrá una estructura de puestos organizada, simplificada, justa y equitativa que permita la fácil aplicación de los sistemas de remuneración, beneficios, ascensos y desarrollo para atraer y mantener motivado al recurso humano en aras de lograr la excelencia en la prestación del servicio.

Ver artículo 10 de Ley 53 del año 2015

Artículo 11. Unidades técnicas. La Secretaría Técnica de Recursos Humanos, la Escuela Judicial, la Auditoría Judicial y Estadísticas Judiciales son las principales unidades técnicas sobre las que se cimentan las carreras en el Órgano Judicial y tienen a su cargo la ejecución de las acciones que el Pleno de la Corte Suprema de Justicia y los consejos de administración de las carreras del Órgano Judicial determinen para el cumplimiento de sus actividades ordinarias y especiales. También funcionará en el Órgano Judicial la Secretaría Técnica de Asuntos Judiciales para planificar y adoptar medidas preventivas y de contingencia necesarias para garantizar la correcta función del Sistema de Administración de Justicia, así como para la gestión de los recursos y medios que faciliten la labor judicial.

Ver artículo 11 de Ley 53 del año 2015

Artículo 12. Creación. Se crea la Secretaría Técnica de Recursos Humanos, encargada de asistir a los consejos de administración de las carreras del Órgano Judicial en el cumplimiento de sus actividades ordinarias y especiales, con el propósito de desarrollar una cultura institucional con vocación de servicio, procurar que la implementación de sistemas de trabajo faciliten la productividad, proveer las personas que han de ocupar los puestos de trabajo y promover el desarrollo de estas, para la satisfacción de las expectativas de la sociedad en general y de las personas que utilicen los servicios que se brindan en particular, a través de un ambiente motivado por la calificación, evaluación y premiación de la excelencia en el desempeño.

Ver artículo 12 de Ley 53 del año 2015

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