Artículo 13 - QUE DICTA NORMAS PARA EL FOMENTO A LA CREACION Y DESARROLLO DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESẠ
Ley 33 del año 2000
República de Panamá
Artículo 13. Protección al medio ambiente. El Estado, a través de la Autoridad Nacional del Ambiente, velará por que las microy pequeñas empresas cumplan con las normas de protección al medio ambiente. Igualmente, el Estado fomentará el régimen de cumplimiento progresivo de las normas de emisión, de absorción y de calidad ambiental aplicables a las microy pequeñas empresas.
Palabras clave de éste artículo
medio ambiente
Explora otros artículos de esta norma
Artículo 14. Seguridad social. El Estado, mediante la Caja de Seguro Social y en coordinación con la Autoridad, buscará la masiva incorporación de los patronos y trabajadores de la micro y pequeña empresa en la seguridad social; para lo cual establecerá los mecanismos idóneos, adecuados a las posibilidades de las microy pequeñas empresas, y financieramente sostenibles que lo hagan posible. Dichos mecanismos deberán sustentarse en los correspondientes estudios técnicos.
Ver artículo 14 de Ley 33 del año 2000
Artículo 15. Normas de salud. El Ministerio de Salud, en coordinación con la Autoridad, velará por que las microy pequeñas empresas cumplan con las normas de salud; para el caso, generará los mecanismos idóneos, adecuados a las posibilidades de las microy pequeñas empresas, que lo hagan posible.
Ver artículo 15 de Ley 33 del año 2000
Artículo 16. Normas laborales. El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, junto con la Autoridad, velará por que las microy pequeñas empresas cumplan con las normas de trabajo; para lo cual generará los mecanismos idóneos, adecuados a las posibilidades de las microy pequeñas empresas, que lo hagan posible. Así mismo, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral colaborará con la Autoridad a fin de actuar como ente facilitador para implementar esta Ley, con la finalidad de fortalecer la micro y pequeña empresa, generar puestos de trabajo dignos, así como capacitar a los microy pequeños empresarios y a los trabajadores.
Ver artículo 16 de Ley 33 del año 2000
Abogados Expertos relacionados 
Buscar algo específico en las normas de Panamá