Artículo 132 - GENERAL DE TRANSPLANTES DE COMPONENTES ANATOMICOS.
Ley 3 del año 2010
República de Panamá
Artículo 132. El recurso de apelación será interpuesto ante la autoridad de primera o segunda instancia en el acto de notificación o por escrito, a través de apoderado judicial, dentro del término de cinco días hábiles, contado a partir de la fecha de la notificación de la resolución. Si el apelante anuncia la presentación de nuevas pruebas en segunda instancia, se señalará un término de quince días hábiles para la práctica de estas. La autoridad tendrá treinta días para resolver.
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