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Artículo 26 - POR LA CUAL SE DESARROLLA LA CARRERA DEL SERVICIO LEGISLATIVỌ

Ley 12 del año 1998

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 26. En el concurso de antecedentes, cada aspirante aportará los créditos de su calificación, los cuales serán revisados y calificados, según lo establecido en el reglamento de administración de recursos humanos.

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Artículo 27. En el examen de libre oposición, el aspirante debe concurrir a presentar pruebas escritas, orales y prácticas, según los requisitos del puesto. Los resultados de estas pruebas serán revisados y calificados, según lo establecido en el reglamento de administración de recursos humanos.

Ver artículo 27 de Ley 12 del año 1998

Artículo 28. Concluida la primera etapa, los tres aspirantes con mejor calificación serán sometidos a una evaluación de ingreso, por parte del superior inmediato al puesto vacante. La evaluación consistirá en una entrevista personal e individual.

Ver artículo 28 de Ley 12 del año 1998

Artículo 29. Realizadas las entrevistas, el superior inmediato hará la recomendación de nombramiento a la autoridad nominadora, y ésta actuará discrecionalmente, pero no podrá elegir sino de la terna seleccionada.

Ver artículo 29 de Ley 12 del año 1998

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