Artículo 26 - Por el cual se desarrollan los Capítulos VI y VII, sección primera, segunda, tercera, cuarta y quinta, el Capítulo VIII de la ley 18 de 3 de junio de 1997
República de Panamá
Articulo 26. La Asesoría Legal tiene como función brindar asesoría y servicio en materia legal a la Dirección y Subdirección General y a las demás unidades administrativas y operativas de la Policía Nacional, además realizar estudios legales de todos los documentos y proyectos legales que se emitan en la Policía Nacional.
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