Artículo 283 - Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones
República de Panamá
Artículo 283. El extranjero a quien se le impone la sanción de deportación o expulsión tiene derecho a que se le notifique de la resolución que ordena la sanción de manera personal, así como comunicarle de los motivos específicos que fundamentan su deportación o expulsión e informarle de las garantías básicas a las que tiene derecho para su defensa.
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