Artículo 292 - Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones
República de Panamá
Artículo 292. Conforme se aporten nuevos recursos al capital del Fondo Fiduciario de Migración, se evaluarán los montos para cubrir gastos y/o inversiones del presupuesto anual de la institución, según lo dispuesto en el artículo 75 del Decreto Ley.
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