Artículo 293 - Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones
República de Panamá
Artículo 293. La selección y recomendación de proyectos para el desarrollo del recurso humano estará a cargo de la Oficina Institucional de Recursos Humanos y la Unidad Interdisciplinaria Institucional; las cuales serán responsables de la evaluación del personal y creación de estímulos en cuanto a su productividad de acuerdo a sus méritos, responsabilidades, cumplimiento de sus deberes y la prestación de servicios en áreas de difícil acceso.
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