Artículo 297 - Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones
República de Panamá
Artículo 297. A los servidores públicos del Servicio Nacional de Migración se les otorgará una bonificación cada año, la que se determinará por la disponibilidad del fondo.
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