Artículo 298 - Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones
República de Panamá
Artículo 298. La Unidad de Recursos Humanos elaborará programas de bienestar social para los servidores públicos del Servicio Nacional de Migración, de acuerdo a las partidas financieras asignadas a través del Fondo Especial del Desarrollo de Recurso Humanos, con los debidos controles establecidos para su utilización.
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