Buscador inteligente de Normas de Panamá

Artículo 4 - QUE CREA EL CORREGIMIENTO DE ZAPALLAL, SEGREGADO DEL CORREGIMIENTO SANTA FE, EN EL DISTRITO CHEPIGANA, PROVINCIA DE DARIEN.

Ley 35 del año 2014

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 4. Se adiciona el artículo 87A a la Ley 58 de 1998, así: "Artículo 87A. Los límites políticoadministrativos del corregimiento Zapallal son: a. Con el corregimiento Santa Fe: Desde un punto con coordenadas U.T.M. 966,500mN y 821,000mE, se sigue 1,500.0 metros hacia el suroeste hasta alcanzar el nacimiento del río Lara, se sigue aguas abajo este río 2,200.0 metros hasta llegar a un punto con coordenadas U.T.M. 964,000mN y 818,700mE, se sigue 3,650.0 metros en dirección suroeste hasta llegar al punto con coordenadas U.T.M. 961,425mN y 816,000mE, se sigue 1,500.0 metros en dirección suroeste hasta alcanzar un punto con coordenadas U.T.M. 961,100mN y 814,625mE, el cual está situado en el borde izquierdo de la carretera Panamericana (dirección PanamáYaviza), se sigue 2,500.0 metros paralelos a esta carretera hasta llegar a un punto con coordenadas U.T.M. 958,500mN y 814,900mE, se sigue 1,550.0 metros en dirección noroeste bordeando el lado izquierdo del camino que une Santa Fe y la carretera Panamericana hasta el puente sobre el río Sabanas (dirección carretera PanamericanaSanta Fe), se sigue 29,675.0 metros por la margen izquierda del río Sabanas hasta su unión con los ríos Quintín y Arretí con coordenadas U.T.M. 942,000mN y 820,150mE; desde un punto con coordenadas U.T.M. 945,000mN y 821,150mE, se sigue 1,250.0 metros en dirección noroeste hasta alcanzar un punto con coordenadas U.T.M. 945,550mN y 819,000mE, se sigue 5,400.0 metros en dirección noroeste hasta alcanzar un punto con coordenadas U.T.M. 950,375.0mN y 816,525mE, se sigue 4,900.0 metros en dirección noreste hasta alcanzar un punto con coordenadas U.T.M. 954,300mN y 819,550mE, el cual está en el borde derecho de la carretera Panamericana (dirección PanamáYaviza), se sigue 3,750.0 metros en dirección noreste hasta llegar a un punto con coordenadas U.T.M. 956,000mN y 822,800mE. b. Con el corregimiento Río Iglesias: Desde un punto con coordenadas U.T.M. 942,000mN y 820,150mE, se sigue aguas arriba por el río Quintín hasta un punto con coordenadas U.T.M. 945,000mN y 820,150mE. c. Con el distrito de Pinogana: Desde un punto con coordenadas U.T.M. 956,000mN y 822,800mE, se sigue 2,550.0 metros en dirección noreste hasta un punto con coordenadas U.T.M. 958,200mN y 824,000mE, se sigue 5,900.0 metros en dirección noroeste hasta un punto con coordenadas U.T.M. 963,800mN y 820,775mE, se sigue 1,550.0 metros en dirección noroeste hasta un punto con coordenadas U.T.M. 965,250mN y 821,725mE, se sigue 1,450.0 metros en dirección noroeste hasta un punto con coordenadas U.T.M. 966,500mN y 821,000mE."

Palabras clave de éste artículo

derecho


Explora otros artículos de esta norma

Artículo 5. La cabecera del corregimiento Zapallal será la comunidad de Zapallal. Las comunidades que se encuentran dentro de los límites políticoadministrativos del corregimiento Zapallal son las siguientes: Zapallal (cabecera), La Loma, San Miguel, Manantial, El Ciruelito, Betel, Quebrada Honda, Puerto Lara, Joselito, La Juanita, El Silencio, La Felicidad y Pueblo Nuevo o Las Delicias.

Ver artículo 5 de Ley 35 del año 2014

Artículo 6. El Ministerio de Gobierno, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Instituto Nacional de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República deberán brindar asesoramiento al municipio de Chepigana en la provincia de Darién en todo lo concerniente a la organización, el funcionamiento y la administración del nuevo corregimiento.

Ver artículo 6 de Ley 35 del año 2014

Artículo 7. La elección del representante del corregimiento Zapallal, que se crea en virtud de esta Ley, tendrá lugar en el periodo electoral del año 2019, de conformidad con las disposiciones de la legislación electoral. No obstante, el representante de corregimiento y las autoridades de policía del corregimiento sujeto a segregación continuarán ejerciendo sus funciones hasta que se efectúe dicha elección.

Ver artículo 7 de Ley 35 del año 2014

Abogados Expertos relacionados Bandera de Panamá

Arturo González Cal

Buscar algo específico en las normas de Panamá